El gobierno determina como esenciales los Servicios Sociales ante el COVID-19
Ante la publicación de la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19 a nivel estatal, se reconocen como esenciales los Servicios Sociales.
El Consejo General ha elaborado un manual explicativo de la Orden SND/295/2020, disponible aquí”.
“Estas medidas que se adoptan deberán contribuir a la correcta prestación de los servicios sociales y deberán utilizar de manera racional los recursos humanos disponibles. Asimismo, deberán atender a los principios de necesidad y proporcionalidad.” […]
“Esta orden es de aplicación a todos los centros y entidades que presten cualquiera de los servicios contenidos en el Catálogo de Referencia aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia el 16 de enero de 2013, con independencia de su titularidad, así como a sus trabajadores y trabajadoras cualquiera que sea la naturaleza de su relación contractual o administrativa. A los efectos de lo previsto en la presente orden, los centros y entidades de titularidad privada a tendrán la consideración de operadores de servicios esenciales.”
Las instrucciones se desarrollarán por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), así como por cada Comunidad Autónoma, para garantizar la eficacia de lo dispuesto en esta orden. Por ello, publicaremos nueva noticia en caso de nueva normativa andaluza.
Recomendamos encarecidamente revisar la orden y el material publicado por el Consejo General.
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