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CADIZ

Celebrada la charla “Trabajo Social y dignidad ante la muerte"

jueves 14 de marzo de 2024 CPTS Cádiz

La Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) profundizó en las claves normativas y de procedimiento más significativas para los y las profesionales de Trabajo Social sobre el derecho a decidir sobre el final de la propia vida. Más información y recursos en la noticia.

La charla tuvo lugar en la sede de nuestro Colegio Profesional de Trabajo Social, siendo la segunda actividad formativa presencial que realizamos y la primera combinando modalidad presencial y a distancia.

Las intervenciones estuvieron de la mano de D. Gabriel Sánchez Bellón (Pte DMD Andalucía), D. Cándido Baena Gallardo (Médico Especialista Urgencias Hospital Puerta Mar), y Dª. Eva Tubío (Trabajadora Social Ayuntamiento de Cádiz y Exconcejala de Salud).

Los contenidos tratados fueron los siguientes:

¿Qué es DMD?

Tras muchos años de trabajo, concretamente desde 1984, desde DMD han conseguido por fin una ley de eutanasia. La ley, aun estando aprobada, sigue rezumando desconocimiento o sigue habiendo injerencias, por ello surgió la entidad.

DMD es una organización independiente, de acción política y social no vinculada a ningún partido que se financia con las aportaciones de las personas asociadas.

Sus objetivos son:

  • Impulsar la libertad y el derecho a decidir sobre el final de la propia vida.
  • Luchar por la mejora de la ley de eutanasia y la ampliación de supuestos a toda la ciudadanía.
  • Denunciar los incumplimientos de las leyes y promover mejoras.
  • Asesorar sobre los derechos sanitarios al final de la vida (rechazo al tratamiento, testamento vital, cuidados paliativos y eutanasia) a profesionales y ciudadanía.
  • Combatir el tabú de la muerte promoviendo una cultura de la muerte digna.

Tal y como explicó el presidente en DMD atienden todos los días a personas con dudas sobre qué deben hacer para ejercer sus derechos y que respeten su voluntad.

Los derechos que no se reclaman, se pierden. Es vital que la ciudadanía vigile y exija su cumplimiento y reivindique más mejoras: ampliación de supuestos, facilidad en los trámites, formación a profesionales, reducción de bloqueos…

Web de la Asociación DMD

Dilemas éticos

Hoy en día se muere bien, regular o mal, dependiendo del equipo médico que te toque y de la planificación que hayas hecho. La muerte continúa siendo un tabú, no se respeta plenamente la autonomía del/la paciente y la ley de eutanasia no cubre todos los supuestos. Es vital por tanto conocer los derechos y participar activamente en las decisiones que nos afectan.

En cuanto a la objeción de conciencia, surgió el debate sobre la necesidad de registrarse adecuadamente para poder ejercerla y no impedir el derecho de la ciudadanía al ejercicio de su autonomía.

Una cuestión muy importante fue el cambio del Código Deontológico Médico por la aprobación de la ley de eutanasia. Aunque un médico/a puede negarse a ser el/la responsable de la petición de eutanasia por motivos de conciencia, tiene la obligación de recoger la solicitud y hacerla llegar a la persona responsable del centro para que busquen a un/a médico/a que atienda la petición.

Cada Comunidad Autónoma es responsable de desarrollar la ley y asegurar la prestación de ayuda a morir. En caso de duda, se puede recurrir a la Comisión de Garantía y Evaluación de tu comunidad o las unidades de apoyo.

Eutanasia y/o paliativos.

Aunque la postura oficial del paliativismo en España es la incompatibilidad entre paliativos y eutanasia, hasta el punto de afirmar que los cuidados paliativos son «el antídoto contra la eutanasia», lo cierto es que eutanasia y cuidados paliativos son complementarios y no excluyentes que responden a la pluralidad de cualquier sociedad libre. Con todo derecho, hay personas que rechazan desde el principio recibir cuidados paliativos y piden directamente la ayuda para morir pero la mayoría elige recibir cuidados paliativos para aminorar el sufrimiento que las enfermedades terminales comportan y algunas de ellas solicitan la eutanasia a lo largo de la evolución.

Los cuidados paliativos son un enfoque de la medicina centrado en aliviar y acompañar a la persona enferma cuando no es posible la curación. Pero ni los mejores cuidados paliativos pueden eliminar completamente el sufrimiento, ni siquiera el dolor físico. Pretender, como hace el discurso oficial paliativista, que con unos cuidados paliativos excelentes se eliminan las peticiones de eutanasia es una falacia interesada; así lo demuestra la experiencia: el 90% de pacientes que solicitan el suicidio asistido en Oregón y el 72% en Bélgica estaban recibiendo cuidados paliativos de la máxima calidad.

En nuestro caso, más del 95% de los/as médicos/as españoles/as (estudio 2.451 CIS. 2002) consideran que ni los cuidados paliativos de máxima calidad evitarían peticiones de eutanasia.

El hecho es que, como cualquier dispositivo sanitario, los cuidados paliativos no pueden imponerse pues se rigen por el mismo principio de respeto a la autonomía personal –consentimiento informado– consagrado por las leyes sanitarias. En una sociedad democrática avanzada, cualquiera debe tener la libertad para decidir cómo quiere vivir el proceso final de su enfermedad y algunas personas, que quieren decidir hasta cuándo desean ser cuidadas, prefieren no prolongar un final que, con paliativos o sin ellos, es inevitable.

Sobre la administración de cuidados paliativos debemos aclarar que el tipo se decide por criterio médico.

Trabajo Social

Desde el Trabajo Social, tanto desde los Servicios Sociales Comunitarios, como desde los Centros de Salud, Unidades Hospitalarias o Unidades de Salud Mental, así como en cualquier otro servicio, somos una profesión esencial para fomentar la autonomía y la autodeterminación; así como, somos importantes en la difusión de todos los recursos e información que la fomente. A pesar de nuestra esencialidad, no se nos incluye legislativamente en la Comisión de garantías en todas las Comunidades Autónomas.

Tanto en materia de eutanasia como en cuidados paliativos, el Trabajo Social es clave para promover el bienestar, la dignidad de la persona, la autonomía de persona usuaria y familia, conseguir la máxima calidad de vida y máximo respeto por el cumplimiento de voluntades, cobertura de necesidades básicas, prevenir miedos y angustias con información y acompañamiento, entre otras.

A este encuentro, orientado a profesionales pero también abierto a ciudadanía en general, acudieron profesionales y personas interesadas, por lo que nos complace haber sido útiles como corporación acercando información de tanta relevancia. Damos las gracias a la Asociación DMD por su trabajo de cara a profesionales, corporación y ciudadanía

Más materiales y recursos.

Ley de eutanasia

  • Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la Eutanasia

Leyes de ámbito estatal

  • Ley 14/1986 General de Sanidad
  • Ley 41/2002 Básica reguladora de la Autonomía del Paciente
  • Real Decreto 124/2007 de regulación del Registro Nacional de Instrucciones Previas y Fichero Automatizado de Datos
  • Real Decreto 1030/2006 que establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud
  • Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud

Leyes autonómicas de muerte digna

  • Andalucía: Ley 2/2010 de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte
  • Aragón: Ley 10/2011 de Derechos y Garantías de la persona en proceso de morir y de la Muerte
  • Asturias: Ley 5/2018 sobre Derechos y Garantías de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida
  • Baleares: Ley 4/2015 de Derechos y Garantías de la persona en el proceso de morir
  • Canarias: Ley 1/2015 de Derechos y Garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida
  • Euskadi: Ley 11/2016 de garantía de los derechos y de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida (en castellano) / (en euskera)
  • Galicia: Ley 5/2015 de derechos y garantías de las personas enfermas terminales
  • Madrid: Ley 4/2017 de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y de la muerte
  • Navarra: Ley Foral 8/2011 de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte
  • C. Valenciana: Ley 16/2018 de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención al final de la vida.
jueves 14 de marzo de 2024

Celebrada la charla “Trabajo Social y dignidad ante la muerte"

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