El Colegio presenta aportaciones al borrador por el que se regulará el Consejo Regional de Servicios Sociales.
Desde la vocalía de Servicios Sociales del Colegio se ha presentado, a través de este documento, las aportaciones al borrador por el que se regula el Consejo Regional de Servicios Sociales.
Acceso al documento en la página de reivindicaciones
El Colegio abrió plazo de participación para recibir aportaciones sobre el borrador a las personas que forman parte del Colegio hasta el 25 de febrero. No se recibió ninguna aportación al respecto.
El presente decreto tiene por objeto regular, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia, la composición, régimen y funcionamiento del Consejo Regional de Servicios Sociales.
Artículo 60. Consejo Regional de Servicios Sociales.
Formarán parte del Consejo Regional de Servicios Sociales representantes de:
a) La Administración regional.
b) La Administración local.
c) Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
d) Los colegios profesionales.
e) Las asociaciones y entidades de iniciativa social más representativas del ámbito de los servicios sociales.
Comentarios
Aún no hay comentarios